Datos relevantes de la Resolución 777 de 2021

Lo que debe saber todo administrador sobre la actualización del protocolo de bioseguridad en Propiedad Horizontal

De acuerdo a las nuevas disposiciones legales dispuestas en la Resolución 777 de 2021, aplicables a la propiedad horizontal, nos permitimos establecer los siguientes datos relevantes:

  • Quedan derogados los protocolos anteriores para propiedad horizontal como son la Resolución 666 y 890 de 2020.

  • Cuando se alcance el 69% de vacunación de la población priorizada en la etapa 1, se podrá alquilar el salón social para fiestas, siempre que la ocupación de camas UCI del departamento al que pertenece el municipio, sea igual o menor al 85%, que se mantenga el distanciamiento físico de mínimo 1 metro y se respete un aforo máximo del 25% de la capacidad de la infraestructura en donde se realiza el evento.

  • El aforo se calculará para una persona por metro cuadrado, cuando no hay sillas fijas, y las mesas deberán tener una distancia de dos metros entre si.

  • Se recomienda realizar reuniones con personas que convivan en la misma casa o habitación en lo posible al aire libre.

  • Evitar que los asistentes y miembros del personal saluden a otras personas con contacto físico (por ejemplo, apretones de mano o abrazos). Incluir este recordatorio en los carteles acerca del distanciamiento físico.

  • Servir en platos o vasos individuales los productos que sean para compartir.

  • Usar el tapabocas correctamente y retirarlo solamente mientras se ingieran alimentos y bebidas.

  • Mantener el distanciamiento físico entre persona y persona en las diferentes zonas de las instalaciones del evento.

Si es el caso que se decida alquilar el salón, estas recomendaciones deberán hacer parte esencial del contrato para tal fin.


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